Gemas de jurisprudencia | La libertad de expresión no se suspende al entrar en la función pública

La sentencia Danileţ c. Rumanía (Gran Sala del TEDH, 15.12.2025) marca un antes y un después en la forma de entender la disciplina de jueces, fiscales y, por extensión, de la función pública cuando está en juego un derecho fundamental. El Tribunal no absuelve cualquier forma de expresión, pero deja algo muy claro: el poder disciplinario no puede funcionar como un control de modales ni como un mecanismo de silenciamiento institucional.

El caso es conocido: un juez sancionado por dos mensajes en Facebook sobre el estado de las instituciones y reformas del sistema judicial. La Gran Sala concluye que la sanción vulnera el art. 10 CEDH porque no se apoyó en razones pertinentes ni respondió a una necesidad social imperiosa. Y lo relevante no es solo el fallo, sino el método: el TEDH exige una ponderación real, contextual y probada del daño, y rechaza que baste con invocar de forma abstracta el “decoro”, la “prudencia” o la “imagen de la institución”.
El mensaje es potente y trasciende a la judicatura. La libertad de expresión sigue siendo un derecho fundamental dentro de la función pública. Cuando un empleado público se pronuncia sobre asuntos de interés general —reformas legales, organización del servicio, Estado de derecho—, la Administración no puede presumir el perjuicio ni sancionar por la mera incomodidad política o mediática del discurso. Incluso las sanciones leves generan un efecto disuasorio que el Tribunal considera incompatible con una sociedad democrática.

Esta sentencia obliga a revisar cómo se ejerce la potestad disciplinaria en la función pública. No basta con invocar la “imagen de la institución” o el deber de prudencia para sancionar una opinión incómoda. La Administración debe explicar de forma concreta qué daño real produce esa expresión en el servicio público y por qué la sanción es necesaria y proporcionada. Cuando eso no se hace, el efecto no es proteger la institución, sino fomentar la autocensura.

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