Apuntes | Acoso en el empleo público: la responsabilidad administrativa en revisión
Releyendo el artículo de Ana Isabel García Salas sobre la responsabilidad de la Administración en los casos de acoso a empleadas y empleados públicos, hay una idea que me parece especialmente relevante: el acoso está obligando a repensar en profundidad el modelo clásico de responsabilidad administrativa.
El trabajo muestra con bastante precisión cómo, cuando el empleador es una Administración Pública, la respuesta jurídica ya no puede descansar principalmente en la sanción. Las limitaciones estructurales para imponer multas, la integración del acoso en la lógica de la prevención de riesgos laborales y la centralidad creciente de la responsabilidad patrimonial desplazan el foco hacia otro lugar: la obligación de prevenir, de organizar correctamente y de proteger de forma efectiva.
Esto tiene consecuencias prácticas muy claras. La cuestión decisiva deja de ser solo si se castiga al agresor, para pasar a ser si existían protocolos adecuados, si se activaron a tiempo, si se protegió realmente a la víctima y si la organización asumió su responsabilidad cuando falló. El acoso aparece así no solo como una conducta individual reprochable, sino como un indicador crítico de calidad institucional y de gobierno de personas.
El artículo de García Salas ayuda a entender por qué hoy la tutela de derechos fundamentales, la gestión de los riesgos psicosociales y la reparación del daño se están convirtiendo en los verdaderos ejes del sistema, también en el empleo público.
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