Apuntes| Protección de datos y protocolos de acoso: cuando el problema no es el conflicto, sino cómo se gestiona la información.
Resolución de la AEPD de 26 de marzo de 2025 (EXP202411409) que sanciona a una empresa por vulnerar la confidencialidad en un protocolo de acoso laboral. El caso muestra cómo una incorrecta gestión de la información —al identificar y difundir datos de denunciantes y denunciados— puede agravar el conflicto y generar responsabilidad en protección de datos. La sanción se reduce a 120.000 euros por reconocimiento de responsabilidad y pago voluntario.
Clave: en estos procedimientos, el riesgo no está en investigar, sino en controlar adecuadamente la circulación de los datos.