Debates | La regulación de la dirección pública profesional en Cataluña

Comparto la excelente reflexión de Rafael Jiménez Asensio sobre la regulación de la dirección pública profesional, máximo experto en la cuestión, pero me parece imprescindible insertarla en el momento institucional concreto en el que se encuentra Cataluña: la tramitación del Avantprojecte de llei de la Direcció pública professional de l’Administració de la Generalitat de Catalunya i del seu sector públic institucional, promovido por el Govern de la Generalitat de Catalunya.

El debate no es terminológico. Lo que está en juego es la configuración de una pieza estructural del sistema administrativo. La dirección pública profesional no es simplemente un nivel intermedio entre el alto cargo político y el funcionariado, sino un elemento que incide directamente en la capacidad estratégica de la organización, en la continuidad de las políticas públicas y en la calidad de la gestión. Por eso, reducir la cuestión a la creación de un nuevo estatuto jurídico sería una simplificación excesiva.

En este contexto, el Dictamen 04/2026 del Consell de Treball, Econòmic i Social de Catalunya, aprobado el 2 de marzo de 2026, sobre el citado anteproyecto, adquiere una relevancia singular. El dictamen no se limita a examinar la coherencia formal del anteproyecto, sino que sitúa la profesionalización directiva en el plano de la capacidad institucional e incorpora una perspectiva institucional clara: la profesionalización directiva solo es efectiva si el diseño normativo introduce garantías estructurales y no se limita a redefinir categorías. La clave reside en los mecanismos de acceso, en la objetivación de la evaluación del desempeño, en la delimitación funcional respecto de la dirección política y, especialmente, en el régimen de cese. Si este último mantiene amplios márgenes de discrecionalidad vinculados a la confianza, el estatuto profesional queda debilitado en su núcleo.

La reflexión de Jiménez Asensio converge con esa idea: la regulación formal no equivale necesariamente a institucionalización efectiva. El anteproyecto catalán abre una oportunidad para redefinir el equilibrio entre legitimidad democrática y profesionalidad directiva, pero el resultado dependerá de cómo se concreten los instrumentos jurídicos y de qué incentivos reales se consoliden en la práctica.

El anteproyecto catalán representa, por tanto, una oportunidad para redefinir ese equilibrio. No se trata únicamente de reconocer una figura, sino de decidir qué grado de autonomía funcional, estabilidad y responsabilidad se atribuye a quienes ocupen posiciones directivas. La profesionalización no es un fin en sí mismo, sino una condición para reforzar la calidad institucional, la integridad pública y la confianza en la gestión.

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