La reforma de los contratos formativos que establece el Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, publicado en el BOE de hoy (núm. 285) no es un retoque menor: supone reconstruir por completo un modelo vigente desde 1998. El foco deja de estar en la dualidad “prácticas / formación” para situarse en la calidad del aprendizaje, la trazabilidad y la tutela efectiva.
La reforma de los contratos formativos que establece el Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, publicado en el BOE de hoy (núm. 285) no es un retoque menor: supone reconstruir por completo un modelo vigente desde 1998. El foco deja de estar en la dualidad “prácticas / formación” para situarse en la calidad del aprendizaje, la trazabilidad y la tutela efectiva.
El nuevo marco gira en torno a una idea central: la formación no puede ser un accesorio del contrato, sino su estructura principal. La doble tutorización, el plan formativo individual, la limitación estricta de la jornada, la duración tasada y la eliminación del período de prueba en la alternancia buscan garantizar que el aprendizaje sea real, verificable y alineado con la cualificación profesional. El giro es también garantista. La vinculación salarial al convenio, el cierre de zonas grises y el refuerzo antifraude marcan una clara ruptura con un modelo más flexible, pero vulnerable a usos que desdibujaban su finalidad.
El reto ahora es comprobar si este equilibrio entre protección y empleabilidad será sostenible en la práctica diaria, especialmente para pequeñas empresas y centros formativos.
Las infografías que comparto visualizan la transición normativa en donde desaparece el mapa anterior de modalidades, se ordena la evolución del régimen jurídico y se concretan las claves operativas de las nuevas modalidades. Un cambio que también redefine el papel de universidades, centros de FP y equipos docentes, llamados a asumir una responsabilidad más clara en el seguimiento del proceso formativo.
Quedan cuestiones abiertas como la capacidad real de tutorización, el impacto del calendario de implantación, la coherencia entre exigencia y recursos, pero el sentido de la reforma es claro: no vale cualquier contrato formativo; debe tener un contenido formativo verificable, orientado al aprendizaje real y respaldado por todas las partes implicadas. El objetivo es evitar el uso inadecuado de estas modalidades y asegurar que la calidad del contrato sea un compromiso compartido.
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