Apuntes | La acumulación de funciones en los puestos reservados a los FHN
La acumulación de funciones en los puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional (FHN) suele presentarse como una técnica puntual de cobertura. Sin embargo, observada desde la realidad catalana, se convierte en un buen indicador de tensiones estructurales del modelo de gobierno local y del reparto competencial.
El artículo de Isidre Marti titulado «Vicissituds del procediment per acumulació de funcions dels llocs reservats a funcionaris amb habilitació de caràcter nacional» describe con precisión las dificultades procedimentales de esta figura: déficits de publicidad, criterios poco objetivados e incertidumbre sobre la duración y la extinción. No se trata de disfunciones aisladas, sino del uso recurrente de un instrumento concebido normativamente como excepcional.
En Cataluña, esta realidad se ha gestionado en gran medida a través de la actuación de la DGAL. La Nota informativa de 11 de febrero de 2021 supuso un primer punto de inflexión al generalizar la exigencia de publicidad y concurrencia para las formas de cobertura no definitiva por FHN, extendiendo la doctrina del TS de 2019 más allá de las comisiones de servicios. La Nota informativa de 5 de mayo de 2025, centrada ya específicamente en estas comisiones, profundizó en su carácter excepcional y temporal, reforzó el control sobre las prórrogas y limitó de forma muy estricta el recurso a soluciones interinas, conectando expresamente esta interpretación con la reducción de la temporalidad derivada de la Ley 20/2021.
Leídas conjuntamente, el artículo y las notas describen dos planos de un mismo fenómeno: por un lado, un déficit estructural de FHN y la normalización de figuras provisionales; por otro, una respuesta administrativa basada en una intensa densificación procedimental para garantizar publicidad, concurrencia y trazabilidad.
Desde la técnica jurídica, el punto crítico no es tanto el contenido de estas notas —en gran parte razonable y alineado con la jurisprudencia— como el instrumento utilizado. Una nota informativa es, por definición, un mecanismo interpretativo. Cuando se convierte en el vehículo para imponer obligaciones procedimentales detalladas o restringir márgenes organizativos locales, se sitúa en una zona de fricción con el sistema de fuentes. Los ayuntamientos conservan la iniciativa y la gestión concreta del procedimiento, pero su autonomía queda fuertemente condicionada por un marco interpretativo muy cerrado. La Generalitat asume así una función cuasi reguladora para garantizar el funcionamiento del sistema, sin disponer siempre de un despliegue normativo formal que le sirva de soporte pleno.
La acumulación de funciones deja así de ser una cuestión técnica menor y pasa a ser un síntoma: de cómo la provisionalidad se ha vuelto estructural y de cómo la respuesta institucional ha reforzado el control procedimental más que replantear el marco normativo.
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