Apuntes | Salud mental en el trabajo: de cuestión marginal a problema estructural.

En el último número de la revista Labos se publican tres artículos dedicados a la salud mental en el trabajo. Leídos de forma conjunta, no son solo tres aportaciones especializadas, sino una radiografía bastante precisa de un problema estructural que el Derecho del Trabajo ya no puede seguir tratando como marginal.

Diego Álvarez Alonso sitúa el marco sociojurídico de fondo: la precariedad laboral no es solo un problema de calidad del empleo, sino un determinante central de la salud mental. Inseguridad, bajos salarios, imprevisibilidad de tiempos, fragmentación empresarial y debilitamiento de los derechos colectivos operan como factores estructurales de sufrimiento psíquico. Desde esta perspectiva, la salud mental no se corrige solo con evaluaciones de riesgos, porque hunde sus raíces en el propio modelo de relaciones laborales.

Susana Rodríguez Escanciano desplaza el foco hacia la digitalización avanzada y la gestión algorítmica. La inteligencia artificial no solo introduce nuevas herramientas, sino que está reconfigurando los entornos de trabajo: hiperconectividad, vigilancia constante, optimización permanente del rendimiento, pérdida de autonomía. De ahí emergen nuevos riesgos psíquicos y formas específicas de tecnoestrés, frente a las cuales instrumentos como la desconexión digital, tal como hoy están configurados, resultan claramente insuficientes.

Guillermo García González aporta el armazón dogmático que explica por qué el sistema responde mal. La salud mental es todavía una categoría jurídica en construcción. Existe una fractura entre reconocimiento normativo y tutela efectiva, que se manifiesta en tres planos: una prevención débil y formalista, una protección prestacional forzada en categorías pensadas para riesgos físicos y un régimen de responsabilidad de eficacia limitada.

Leídos conjuntamente, los tres textos se refuerzan. Precariedad, digitalización algorítmica y crisis de las categorías clásicas son tres caras del mismo problema. La salud mental obliga a desplazar el centro del Derecho del Trabajo desde el daño físico aislado hacia la organización del trabajo, el tiempo, la tecnología y los modelos empresariales. No basta con ampliar listas de riesgos: lo que está en juego es una reconstrucción estructural del sistema preventivo, del régimen de contingencias y de la gobernanza del trabajo, si se quiere pasar del consenso discursivo a una tutela real y efectiva.

Buena lectura.

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