Apuntes | Derecho disciplinario en el empleo público: límites de un marco conceptual agotado
Derecho disciplinario en el empleo público: de la lógica punitiva a la lógica organizativa. A partir del planteamiento de Federico A. Castillo Blanco, el análisis cuestiona el modelo dominante que ha configurado el derecho disciplinario como una extensión del ius puniendi del Estado. La importación de categorías del derecho penal y sancionador ha generado un sistema formalmente garantista, pero con escasa operatividad, procedimientos complejos y limitado impacto en el funcionamiento de los servicios públicos. Frente a ello, se propone un cambio de enfoque hacia su anclaje constitucional en los arts. 103 y 9.3 CE, entendiendo el derecho disciplinario como instrumento de organización y responsabilidad institucional. Este desplazamiento permite diseñar regímenes más coherentes con la buena administración, diferenciando niveles de garantías según la gravedad de las infracciones y reforzando su función de integridad y profesionalidad en el empleo público.
Clave: el derecho disciplinario requiere una reconstrucción desde la lógica organizativa y no desde la mera proyección del poder punitivo del Estado.
