Inteligencia artificial

  • Pensar en voz alta | Habermas: cuando el poder debe justificarse… incluso si decide un algoritmo

    El fallecimiento de Jürgen Habermas invita a recuperar una de las ideas centrales de su pensamiento: la legitimidad del Derecho y de las decisiones públicas no se agota en su origen formal, sino que depende de su capacidad de ser justificadas ante quienes quedan sometidos a ellas. Su teoría de la democracia deliberativa sitúa el núcleo de la legitimidad en el espacio público de la argumentación, donde las normas deben poder sostenerse mediante razones accesibles, discutibles y compartibles.

    Este enfoque adquiere especial relevancia en el contexto actual, marcado por la creciente mediación tecnológica en la toma de decisiones. La opacidad de los sistemas algorítmicos y la dificultad de someterlos a escrutinio público tensionan directamente ese ideal deliberativo, planteando interrogantes sobre cómo garantizar la justificación democrática de decisiones producidas en entornos técnicos complejos.

    El texto subraya así la vigencia de una intuición estructural: el Derecho no es solo un sistema de imposición normativa, sino un marco que debe aspirar a ser reconocido como razonable por la ciudadanía, lo que exige condiciones de transparencia, debate y rendición de cuentas.

    Clave: la legitimidad democrática exige que las decisiones públicas puedan justificarse mediante razones compartidas ante quienes quedan sujetos a ellas.

  • Apuntes | La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y la IA.

    La interacción entre la Ley 15/2022 y el Reglamento (UE) 2024/1689 pone de relieve que la inteligencia artificial ya estaba integrada en el ordenamiento español desde una perspectiva antidiscriminatoria antes de la configuración de un marco técnico europeo específico. La Ley 15/2022 somete las decisiones automatizadas al control material de igualdad y no discriminación, vinculándolas al art. 14 CE y a un régimen probatorio orientado a los efectos y resultados, mientras que el Reglamento europeo introduce una arquitectura regulatoria basada en la gestión del riesgo, obligaciones técnicas ex ante y gobernanza del sistema.

    El análisis muestra que no se trata de una ausencia previa de regulación, sino de la coexistencia de dos lógicas complementarias: una centrada en el impacto y la tutela de derechos, y otra en el diseño, control y supervisión de los sistemas algorítmicos. En el ámbito laboral, la cuestión clave pasa a ser la articulación coherente de ambos marcos para garantizar una protección efectiva frente a la discriminación sin perder de vista la complejidad técnica de la IA.

    Clave: la regulación de la IA combina control antidiscriminatorio material y gobernanza técnica del riesgo, cuyo encaje determinará su efectividad real.

  • Debates | “The Adolescence of Technology”: riesgos y gobernanza de la IA avanzada

    “The Adolescence of Technology” (2026), de Dario Amodei, y la brecha entre desarrollo de la IA y capacidad institucional de gobernanza.

    El ensayo plantea que la inteligencia artificial ha entrado en una fase de “adolescencia tecnológica”, en la que el avance técnico supera la adaptación de los marcos jurídicos e institucionales. Más que un debate futurista, sitúa el foco en la capacidad real de los sistemas de regulación, responsabilidad y gobernanza para gestionar riesgos y transformaciones organizativas.

    Clave: el desafío no es el desarrollo de la IA en sí, sino la insuficiente adaptación de las estructuras jurídicas e institucionales para gobernarla con garantías.

  • Debates| Uso de herramientas en la evaluación editorial

    El uso de inteligencia artificial en la investigación académica está generando un desajuste entre prácticas ya normalizadas y marcos de evaluación que todavía operan bajo lógicas de sospecha. A partir de la reflexión de Avi Staiman, el análisis destaca que la falta de declaración del uso de IA no responde necesariamente a una falta de transparencia, sino al temor a un sesgo negativo en los procesos editoriales, lo que puede incentivar dinámicas de opacidad contrarias a la integridad científica.

    El texto propone desplazar el foco desde la mera declaración del uso tecnológico hacia criterios sustantivos de calidad: solidez metodológica, trazabilidad, reproducibilidad y responsabilidad de la autoría. En este contexto, el reto institucional no es limitar el uso de la IA, sino integrarla en los estándares de validación del conocimiento, evitando que su utilización se convierta en un factor de estigmatización.

    Clave: la integridad científica en la era de la IA exige evaluar la calidad y la responsabilidad del conocimiento producido, no solo la utilización de herramientas tecnológicas.

  • Debates | Criterios y pautas sobre el uso de la inteligencia artificial por jueces y magistrados en el ejercicio de la actividad jurisdiccional.

    Mediante la Instrucción 2/2026, de 28 de enero (BOE núm. 27, de 30 de enero de 2026), el Consejo General del Poder Judicial ha establecido criterios y pautas sobre el uso de la inteligencia artificial por jueces y…

  • Apuntes | IA y crisis institucional: entre el diagnóstico apocalíptico y el análisis jurídico

    Inteligencia artificial e instituciones: ¿crisis inevitable o desafío de gobernanza? A partir del debate generado por el paper “How AI Destroys Institutions” y la lectura crítica de Robert Diab, este análisis cuestiona el determinismo tecnológico que presenta la IA como una amenaza automática para la democracia, el derecho, la universidad y la prensa. Frente a esta visión, se plantea que la IA no destruye las instituciones por sí misma, sino que las tensiona y obliga a redefinir sus reglas, responsabilidades y mecanismos de control. En diálogo con los enfoques de Genís Roca y Ismael Peña-López, se refuerza la idea de que el impacto de la tecnología depende de su gobernanza institucional. La cuestión central no es técnica, sino jurídica y política: cómo las instituciones responden, regulan y orientan el uso de la IA.
    Clave: la IA no determina el destino de las instituciones; desplaza el foco hacia su capacidad de gobernanza y decisión normativa.

  • Debates | IA en el sector público: de la tecnología a la capacidad institucional

    El policy brief de la OCDE “Building an AI-ready public workforce: Implications and strategies” (enero 2026) desplaza el debate sobre inteligencia artificial en el sector público desde la tecnología hacia la capacidad institucional. El documento sostiene que el principal límite para una adopción responsable de la IA no es técnico, sino organizativo y profesional, al depender de la capacidad de las administraciones para comprender, gobernar y controlar estos sistemas en función del interés general.

    El análisis subraya que la externalización tecnológica en el ámbito público no es neutral, ya que puede generar dependencia, asimetrías de conocimiento y debilitamiento de la rendición de cuentas. Frente a ello, la IA se plantea como una política de empleo público que exige rediseñar funciones, reforzar capacidades internas y construir estructuras organizativas que integren formación, talento y control técnico-jurídico. La legitimidad institucional pasa así por mantener el dominio sobre los sistemas desplegados.

    Clave: la adopción responsable de la IA en el sector público depende de la capacidad institucional para gobernarla, no de la tecnología disponible.

  • Apuntes | Automatización y trabajo: del título a la tarea, de la profesión a la habilidad

    Automatización y reconfiguración del trabajo: de profesiones a habilidades y del hacer al gobierno del sistema. A partir del planteamiento de José F. Tamames, el análisis muestra cómo la automatización no sustituye profesiones de forma directa, sino que reorganiza el trabajo en función de tareas y habilidades, desplazando hacia sistemas todo lo estructurable y repetible. En conexión con la tesis de Alain Supiot, este proceso se interpreta como un cambio de racionalidad: del gobierno del trabajo basado en normas e instituciones al gobierno basado en indicadores, modelos y sistemas. El valor del trabajo se desplaza hacia funciones de supervisión, validación y responsabilidad, mientras los sistemas definen cada vez más los criterios de decisión. La cuestión central deja de ser la empleabilidad y pasa a ser jurídica e institucional: cómo se redefinen competencias, responsabilidad y garantías en entornos automatizados.
    Clave: la automatización no solo ejecuta tareas, sino que redefine quién decide, bajo qué reglas y con qué responsabilidad.

  • Debates | IA y educación: acceso a respuestas frente a aprendizaje real

    El artículo “Educar en la era de la IA” plantea que el principal riesgo de la inteligencia artificial en educación no reside en la tecnología, sino en la confusión entre acceso inmediato a respuestas y aprendizaje real. A partir de las ideas de Xavier Ferràs y su lectura por Iñaki Bustinduy, el análisis subraya que el conocimiento sigue siendo condición necesaria para el pensamiento crítico y la creatividad, y que sin una base sólida la IA puede generar dependencia cognitiva y resultados solo aparentemente correctos.

    La reflexión sitúa el foco en el desplazamiento del valor educativo desde el contenido hacia el proceso: comprender, razonar, formular preguntas y construir criterio. En el ámbito universitario, esto implica revisar los sistemas de evaluación y diseño de actividades para exigir dominio conceptual, justificación y análisis, de modo que la IA se integre como herramienta formativa y no como sustituto del aprendizaje.

    Clave: la IA obliga a redefinir el aprendizaje como proceso de comprensión y pensamiento, no como acceso a respuestas.

  • Apuntes | Derechos fundamentales laborales en la era digital: reconfiguración y nuevos equilibrios

    Derechos fundamentales laborales y digitalización: reconfiguración sin ruptura del marco clásico. La obra colectiva dirigida por M.ª Elisa Cuadros Garrido, Belén García Romero y Alejandra Selma Penalva, y coordinada por Eduardo Taléns Visconti, analiza cómo la transformación digital no crea nuevos derechos fundamentales, pero sí altera profundamente sus condiciones de ejercicio, limitación y tutela en el ámbito laboral. La gestión algorítmica, la vigilancia basada en datos y la opacidad de los sistemas automatizados desplazan el debate hacia el terreno constitucional y laboral, obligando a revisar categorías como subordinación, control empresarial, proporcionalidad o carga de la prueba. El enfoque evita tanto el determinismo tecnológico como el alarmismo, y sitúa el núcleo del problema en garantizar la efectividad de derechos como la igualdad, la intimidad o la libertad sindical en entornos digitales.
    Clave: la digitalización no redefine los derechos fundamentales, pero sí exige reconstruir sus mecanismos de garantía frente a nuevas formas de poder empresarial.