La reflexión de Federico A. Castillo Blanco que hace en su articulo en ACAL sobre el sentido del silencio en los procedimientos de gestión de personal me parece especialmente pertinente, y creo que vale la pena considerarla. Él recuerda que seguimos aplicando el silencio negativo en numerosos trámites habituales del empleo público a partir de un reglamento de 1994, elaborado para un contexto normativo completamente distinto al actual. Lo explica con claridad al señalar que “cuarenta años después, la vigencia práctica del RD 1777/1994 no encaja ni con el modelo de procedimiento ni con el marco de empleo público vigente”. Comparto plenamente este planteamiento.
La reflexión de Federico A. Castillo Blanco que hace en su articulo en ACAL sobre el sentido del silencio en los procedimientos de gestión de personal me parece especialmente pertinente, y creo que vale la pena…