Joya de jurisprudencia | Estabilización del empleo público, delimitación de plazas y control judicial del perímetro.
La STS 192/2026 fija criterio sobre la determinación de las plazas a incluir en los procesos excepcionales de estabilización previstos en la Ley 20/2021, delimitando el margen de la Administración para configurar ese perímetro. El Tribunal Supremo confirma que la estabilización se articula sobre plazas estructurales ocupadas temporalmente y no sobre situaciones individuales, y que los criterios legales —especialmente los temporales— operan como límites jurídicos vinculantes.
La sentencia refuerza el control judicial sobre las decisiones organizativas, exigiendo que la exclusión de plazas esté debidamente justificada y acreditada por la Administración, sin que la falta de depuración de datos pueda perjudicar el proceso de reducción de la temporalidad. Asimismo, avala el conflicto colectivo como instrumento idóneo para impugnar el diseño estructural de estos procesos.
Clave: la determinación de plazas en la estabilización está sujeta a límites legales estrictos y a un control judicial efectivo, sin margen para exclusiones no justificadas.
