Gema de jurisprudencia | Trienios y LPGE 2021: doctrina consolidada del TS
La STS 75/2026 consolida la doctrina fijada por la STS 4451/2025 sobre el régimen de trienios en procesos de funcionarización, reafirmando el principio de irretroactividad de la reforma introducida por la LPGE 2021 en el art. 2 de la Ley 70/1978. El Tribunal Supremo establece que los trienios perfeccionados y reconocidos como personal laboral antes de la reforma deben mantenerse conforme a la cuantía vigente en el momento de su consolidación, sin verse afectados por el nuevo régimen retributivo.
La sentencia aporta seguridad jurídica al diferenciar entre derechos económicos ya consolidados —que permanecen inalterados— y los reconocimientos posteriores, que quedan sujetos al sistema retributivo del cuerpo o escala funcionarial. Este criterio tiene una proyección directa en la gestión del empleo público, especialmente en procesos de funcionarización y revisión de retribuciones.
Clave: los trienios reconocidos antes de la reforma de 2021 mantienen su cuantía original, sin aplicación retroactiva del nuevo régimen.5 al afirmar que la reforma de la LPGE 2021 no puede aplicarse a derechos ya consolidados. Los trienios reconocidos como personal laboral antes de 2021 deben mantenerse conforme a la cuantía vigente en el momento de su perfeccionamiento, sin efectos retroactivos.
Clave: la reforma normativa opera solo hacia el futuro y no puede alterar derechos retributivos previamente reconocidos, reforzando la seguridad jurídica en el empleo público.