Sesgos algoritmicos

  • Apuntes | La Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, y la IA.

    La interacción entre la Ley 15/2022 y el Reglamento (UE) 2024/1689 pone de relieve que la inteligencia artificial ya estaba integrada en el ordenamiento español desde una perspectiva antidiscriminatoria antes de la configuración de un marco técnico europeo específico. La Ley 15/2022 somete las decisiones automatizadas al control material de igualdad y no discriminación, vinculándolas al art. 14 CE y a un régimen probatorio orientado a los efectos y resultados, mientras que el Reglamento europeo introduce una arquitectura regulatoria basada en la gestión del riesgo, obligaciones técnicas ex ante y gobernanza del sistema.

    El análisis muestra que no se trata de una ausencia previa de regulación, sino de la coexistencia de dos lógicas complementarias: una centrada en el impacto y la tutela de derechos, y otra en el diseño, control y supervisión de los sistemas algorítmicos. En el ámbito laboral, la cuestión clave pasa a ser la articulación coherente de ambos marcos para garantizar una protección efectiva frente a la discriminación sin perder de vista la complejidad técnica de la IA.

    Clave: la regulación de la IA combina control antidiscriminatorio material y gobernanza técnica del riesgo, cuyo encaje determinará su efectividad real.

  • Apuntes | Sesgos de género en entornos digitales: identidad, visibilidad y simulación en LinkedIn

    Sesgos de género en plataformas profesionales: visibilidad algorítmica y desigualdad estructural en LinkedIn. A partir de la reflexión difundida por Consol Vancells Casanovas y el artículo de Francesc Bracero en La Vanguardia, el análisis evidencia cómo un simple cambio de género en un perfil puede alterar significativamente su visibilidad. Este resultado cuestiona la supuesta neutralidad de las plataformas y muestra que los algoritmos no solo reproducen sesgos, sino que los amplifican en la distribución de oportunidades profesionales. En este contexto, LinkedIn se configura como una infraestructura central del mercado de trabajo, donde los criterios de visibilidad tienen efectos estructurales. La cuestión se desplaza así desde la conducta individual hacia el diseño, la gobernanza y la necesidad de mecanismos de transparencia y auditoría en sistemas algorítmicos.
    Clave: la desigualdad en plataformas profesionales no es un problema de uso individual, sino de arquitectura algorítmica y gobernanza del mercado de trabajo digital.