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  • Joya de jurisprudencia | Nómina y transparencia: cuando identificar conceptos no basta para cumplir con el art. 29 ET

    La STS (Sala de lo Social) 285/2026, de 24 de marzo (rec. 13/2025), analiza el alcance de la exigencia de claridad en la nómina conforme al artículo 29.1 ET. El caso se plantea en el grupo RENFE a partir de un conflicto colectivo en el que no se discute la identificación de los conceptos retributivos, sino la falta de información sobre su cálculo: periodos de devengo, días efectivamente abonados, tratamiento de atrasos e incidencia de situaciones como incapacidad temporal, huelga o licencias sin sueldo.

    El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional y establece que la obligación legal no se cumple con la mera enumeración de conceptos conforme al modelo reglamentario. La nómina debe permitir comprender cómo se calcula el salario y comprobar su corrección sin necesidad de reconstrucciones externas. La falta de información sobre las bases de cálculo impide ese control y vulnera la exigencia de claridad. Asimismo, se rechaza que la empresa pueda trasladar al trabajador la carga de verificar el salario a partir de datos no incluidos en la nómina.

    Clave: la claridad de la nómina no depende del formato ni del número de conceptos, sino de que incluya los elementos necesarios para entender y verificar el cálculo del salario, lo que refuerza su función como instrumento de control efectivo de la retribución.