Joyas de jurisprudencia | Permisos retribuidos y complementos funcionales: cuando la ausencia justificada no rompe la integridad retributiva
La STS 242/2026, de 10 de marzo (rec. 12/2025), analiza si los complementos de nocturnidad y atención continuada deben abonarse durante los permisos retribuidos en el empleo público laboral. El Tribunal Supremo confirma que, cuando el convenio colectivo reconoce el derecho a la “totalidad de las retribuciones”, esa garantía incluye también los complementos funcionales que el trabajador habría percibido de haber prestado servicios. La sentencia distingue entre el régimen de devengo de los complementos y el régimen retributivo en situaciones de ausencia protegida, y afirma que la naturaleza funcional del complemento no basta para excluirlo. La clave se sitúa en la interpretación del convenio colectivo, que puede configurar la estructura salarial de los permisos conforme al art. 26 ET. La resolución tiene especial relevancia para el empleo público, al fijar un criterio sobre la integridad retributiva en permisos retribuidos y sobre el papel de la negociación colectiva en la determinación de los conceptos salariales que deben mantenerse en estas situaciones.