autonomía de la voluntad

  • Joyas de jurisprudencia: Despido improcedente y cláusula de preaviso: cuando la forma no basta para excluir el contrato

    La STS (Sala de lo Social) 281/2026, de 16 de marzo (rec. 4506/2024), analiza si en la alta dirección procede abonar la indemnización por falta de preaviso cuando el despido ha sido declarado improcedente pese a existir una cláusula contractual que lo excluye en caso de despido. El caso parte de un gerente cuyo contrato preveía un preaviso de seis meses con indemnización sustitutoria, excepción hecha del despido, y que tras ser despedido disciplinariamente obtuvo una declaración de improcedencia, con opción empresarial por la indemnización. En un segundo procedimiento, reclama el preaviso no abonado.

    El Tribunal Supremo resuelve que la exclusión contractual no puede operar automáticamente cuando el despido carece de causa válida. La improcedencia vacía de contenido la forma utilizada por la empresa y reconduce la extinción a una decisión unilateral sin causa, lo que activa el derecho al preaviso pactado. Se confirma así la compatibilidad entre ambas indemnizaciones, pero se limita el alcance de las cláusulas de exclusión, que solo operan cuando el despido responde a una causa real.

    Clave: la calificación de improcedencia no solo determina la indemnización legal, sino que reconfigura los efectos del contrato e impide que la forma del despido neutralice el derecho al preaviso.